STOP! a la SOPA de letras en Internet ... (parte I)

Nos metemos a fondo en el delirio de siglas de las normas autocalificadas de anti-piratería en Internet: SOPA, PIPA, ACTA, pero también TPP, CISPA, OPEN... ¿Contra cuál hay que protestar hoy en día? ¿Cuáles están en vigor, cuáles son propuestas legislativas vivas y cuáles han sido retiradas -por el momento?
Ten este resumen a mano para ubicarte cuando te encuentres con un nuevo titular de prensa -para saber de cuál están hablando-, cuando quieras protestar -para saber bien contra qué y por qué- o simplemente, cuando el mareo causado por esta SOPA de siglas te supere ...


A estas alturas, ya todos sabemos que la iniciativa legislativa bautizada como SOPA, la más conocida de las que tienen como objetivo confesado controlar la piratería on-line, finalmente no fue votada por el Congreso de los Estados Unidos y su tramitación se encuentra suspendida, en busca de una redacción que genere más consenso. Lo mismo sucedió con PIPA, su melliza en el Senado.

Pero estas propuestas no van a desaparecer: tras una revolución tecnológica (con la llegada primero de Internet a nuestra vida; todavía más con la Web 2.0) equiparable a la causada por la imprenta en su momento, las actuales legislaciones de derechos de autor, cuyo germen data de finales del siglo XIX, precisan una urgente modificación. Y habiendo un montón de aspectos que revisar, en lo que se está centrando el esfuerzo es en reforzar el control de los contenidos que se mueven a través de Internet para evitar y castigar las infracciones de los derechos de autor.

Esta es la inquietante nota común que tienen la mayor parte de estas nuevas normativas. ¿Cuáles son las más recientes, y cuál es su situación actual? En esta primera entrega, analizamos las más conocidas: la SOPA y la PIPA.


Ambas son iniciativas legislativas americanas; la primera fue presentada en el Congreso de los Estados Unidos, y la segunda en el Senado. Hay apenas unos meses de diferencia entre ambas, y su contenido es muy similar.

 Estas siglas son el nombre con el que popularmente se las conoce, y corresponden, como ya sabréis, a "Stop Online Piracy Act" y a "Protect Intellectual Property Act" respectivamente, aunque sus nombres oficiales no son ésos:
"To promote prosperity, creativity, entrepreneurship, and innovation by combating the theft of U.S. property, and for other purposes" (H.R. 3261),  así se titula oficialmente SOPA, y
- "Preventing Real Online Threats to Economic Creativity and Theft of Intellectual Property Act of 2011" (S.B. 968) es el título de PIPA.

Son las más conocidas entre el público y los cibernautas, y las que más reacción popular han generado, hasta el punto de que , de alguna forma, "simbolizan" a todas las demás, incluida ACTA, con la que muchas veces se confunden.

Su objetivo explícito es la lucha contra la piratería y la protección de la propiedad intelectual e industrial; pero para alcanzar estos fines establecen unos mecanismos que, como han señalado sus detractores, atentan contra libertades públicas como la de expresión, y derechos fundamentales como el de intimidad y privacidad de las comunicaciones, además de contra normativas de menor rango, como puede ser la de protección de datos personales.

- Permite dirigir órdenes judiciales contra sitios acusados de permitir o facilitar la infracción, independientemente de dónde esté alojado el servidor.
- Crea mecanismos para impedir la financiación de los sitios web infractores, bloqueando su acceso a las redes de publicidad y pago on-line, e impidiendo a los motores de búsqueda enlazar con ellos.
- El juez podría ordenar a los proveedores de servicios de acceso a Internet el bloqueo del acceso para sus clientes en en Estados Unidos al sitio infractor.
- Podría permitirse la inspecciones de las direcciones IP por parte de esos proveedores, con la consiguiente pérdida de privacidad en las comunicaciones.

¿Te imaginas que se permitiese al servicio de correo postal que, en prevención de un delito contra la propiedad intelectual, revisase todas las cartas, comunicaciones y paquetes que transporta?

Además, mecanismos como el de "puerto seguro" de la Digital Millenium Act americana, norma que regula por el momento estos temas, quedarían inhabilitados. Este sistema de "puerto seguro" supone la posibilidad de que el titular de un sitio a través del que se ha producido una infracción pueda bloquear el acceso al contenido infractor exclusivamente, evitando tener que cerrar el site al completo. Los remedios jurídicos han de ser proporcionados, y en la medida de lo posible, como en este caso, evitar el daño manteniendo el resto de la actividad. Por eso perder el "puerto seguro" supondría un gran paso atrás.

En el caso europeo existen resoluciones del Tribunal de Justicia como la del caso Scarlett vs. SABAM, objeto de comentario en otra entrada del Tanque,  que se oponen a que los proveedores de servicios de acceso a Internet controlen los contenidos que circulan por la Red.

Pero SOPA y PIPA, con no ser leyes europeas, podrían llegar a afectarnos en el viejo continente, debido a que la mayor parte de los registros de nombres de dominio (al menos, de los más comunes; entre ellos, los llamados dominios genéricos .com, .net, .org, etc.) son americanos y podrían verse obligados a denegar o retirar su propiedad a presuntos infractores, con independencia de su nacionalidad o de dónde se encuentren alojados los contenidos. Medidas adoptadas por autoridades americanas que virtualmente podrían afectarnos a cualquiera de nosotros.


En próximos días, más siglas, más normativas.





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